El incremento en el valor de las matrículas y pensiones en colegios privados de Valledupar para el año 2026 ya está definido para que los padres de familia hagan cálculos y definan dónde matricular a sus hijos. En ese sentido, el Ministerio de Educación Nacional, MEN, publicó la resolución que establece los parámetros para el aumento de las tarifas y cobros periódicos de estos establecimientos educativos.. Estos incrementos se definen con base en el régimen en el que se encuentra cada colegio, como resultado del proceso de autoevaluación institucional (libertad regulada, libertad vigilada o régimen controlado), al que se suman porcentajes adicionales dependiendo de factores como el Índice de Precios al Consumidor (IPC).. Así mismo, la implementación de estrategias de educación inclusiva, el reconocimiento a la labor docente en aplicación del Decreto 2277 de 1979 y resultados en el Índice de Permanencia de estudiantes. El dato clave para calcular estos costos es el IPC, el cual, a corte del pasado viernes 5 de septiembre, fue de 5,10 %, según el Dane.. En ese orden de ideas, los colegios que estén en el régimen de libertad regulada con acreditación de calidad, pueden aplicar en el incremento del IPC más un punto adicional (1 %), un 0,3 % extra si incluyen estudiantes con discapacidad, un 2,2 % si cumplen con la escala salarial docente, y entre 0,16 % y 0,5 % según el nivel de permanencia de sus estudiantes.. A modo de ejemplo, podemos inferir que un colegio que cumpla con todos los requisitos mencionados anteriormente y tenga una pensión de $1.000.000, podría aumentar a $1.091.000 aproximadamente.. Suben los costos. Aunque popularmente se cree que quienes estudian en colegios privados tienen “dinero de sobra”, hay padres de familia que con esfuerzo “sobrehumano” luchan y estiran cada peso por mantener a sus hijos en estos colegios que prometen una educación de calidad, más personalizada y con herramientas que facilitan el aprendizaje en entornos cómodos.. En el caso de las instituciones que están en el régimen de libertad regulada, pero que no cuentan con certificación de calidad, sino con una autoevaluación, el incremento se calcula con el IPC más 0,83 %. De igual manera, se suman los mismos porcentajes por educación inclusiva (0,3 %), salarios docentes (2,2 %) y permanencia (0,16 % a 0,5 %).. Para estos colegios el alza puede ser máximo de 8,93 % que, en el mismo ejemplo de una pensión mensual de 1 millón de pesos, subiría a $1.093.000 aproximadamente. Por otro lado, en los colegios en régimen de libertad vigilada el aumento es menor. Se toma el IPC más 0,66 %, más los porcentajes adicionales por inclusión (0,3 %), salarios docentes (2,2 %) y permanencia (0,16 % a 0,5 %).. Estos colegios podrán hacer un alza máxima de 8,76 %. En su caso la tarifa del primer grado no la podrán calcular libremente, sino solo usando el incremento autorizado por la cartera de Educación.. Excepciones y pago no oportuno de pensión. Finalmente, en los colegios que están en el régimen controlado, la Secretaría de Educación Municipal es quien definirá el incremento. En este caso, solo se aplica el IPC, más los porcentajes de inclusión (0,3 %), salarios docentes (2,2 %) y permanencia (0,16 % a 0,5 %), pero sin puntos adicionales iniciales. Entre los colegios del régimen controlado, el alza sería máximo de 8,1 %.. El proyecto de resolución también establece que los colegios privados podrán otorgar descuentos a las familias sobre la tarifa autorizada, los cuales deben ser detallados en el reglamento o manual de convivencia, registrados en el contrato de matrícula y reportados en el estado de pérdidas y ganancias de la institución.. En todos los casos, los colegios creados después de 2025 no podrán aplicar el Índice de Permanencia porque no cuentan con datos de matrícula histórica. El MEN también recordó que en caso de no pago oportuno de la matrícula o pensiones, los colegios podrán retener los informes de evaluación de los estudiantes, a menos que los padres puedan demostrar la imposibilidad de pago por justa causa.. Sin embargo, en ningún caso podrán suspender la prestación del servicio, ni impedirles participar en el proceso educativo, lo que incluye presentar evaluaciones y/o recuperaciones, retirarlos del salón de clase, participar de actividades pedagógicas, y demás actividades académicas, en garantía del derecho a la educación.. Padres de familia pueden aportar al proyecto. Los padres de familia también pueden dar sus opiniones y aportes en cuanto al incremento de las tarifas para el 2026. Para esto, el MEN publicó el borrador de la resolución y abrió hasta el 19 de septiembre la sección de comentarios para garantizar la transparencia y la participación ciudadana en este proyecto en la página Sucop ‘Participar es la nueva norma’.. En cuanto al material educativo, la resolución establece que los colegios no pueden incurrir en prácticas restrictivas cuando realicen la solicitud de materiales educativos, por lo que no pueden exigir proveedores ni marcas específicas, ni establecer mecanismos que de cualquier forma impidan la concurrencia de múltiples proveedores en la provisión de estos materiales.. “El establecimiento educativo debe adjuntar el acta del Consejo Directivo con la aprobación de la lista completa de útiles escolares para uso pedagógico, textos, uniformes e implementos que se usarán durante el siguiente año académico, en la aplicación EVI, como anexo en el momento de adelantar la autoevaluación institucional, con el fin de facilitar el ejercicio de la inspección, vigilancia y control por parte de las secretarías de educación”, se lee en la resolución.. Por Namieh Baute Barrios. La entrada Así subirán las matrículas y pensiones en colegios privados de Valledupar para 2026 se publicó primero en El Pilón | Noticias de Valledupar, El Vallenato y el Caribe Colombiano.
Los incrementos máximos en las matrículas y pensiones se calculan con base en cinco criterios, que varían según el régimen en el que se encuentre cada colegio. La entrada Así subirán las matrículas y pensiones en colegios privados de Valledupar para 2026 se publicó primero en El Pilón | Noticias de Valledupar, El Vallenato y el Caribe Colombiano.
El incremento en el valor de las matrículas y pensiones en colegios privados de Valledupar para el año 2026 ya está definido para que los padres de familia hagan cálculos y definan dónde matricular a sus hijos. En ese sentido, el Ministerio de Educación Nacional, MEN, publicó la resolución que establece los parámetros para el aumento de las tarifas y cobros periódicos de estos establecimientos educativos.. Estos incrementos se definen con base en el régimen en el que se encuentra cada colegio, como resultado del proceso de autoevaluación institucional (libertad regulada, libertad vigilada o régimen controlado), al que se suman porcentajes adicionales dependiendo de factores como el Índice de Precios al Consumidor (IPC).. Así mismo, la implementación de estrategias de educación inclusiva, el reconocimiento a la labor docente en aplicación del Decreto 2277 de 1979 y resultados en el Índice de Permanencia de estudiantes. El dato clave para calcular estos costos es el IPC, el cual, a corte del pasado viernes 5 de septiembre, fue de 5,10 %, según el Dane.. En ese orden de ideas, los colegios que estén en el régimen de libertad regulada con acreditación de calidad, pueden aplicar en el incremento del IPC más un punto adicional (1 %), un 0,3 % extra si incluyen estudiantes con discapacidad, un 2,2 % si cumplen con la escala salarial docente, y entre 0,16 % y 0,5 % según el nivel de permanencia de sus estudiantes.. A modo de ejemplo, podemos inferir que un colegio que cumpla con todos los requisitos mencionados anteriormente y tenga una pensión de $1.000.000, podría aumentar a $1.091.000 aproximadamente.. Aunque popularmente se cree que quienes estudian en colegios privados tienen “dinero de sobra”, hay padres de familia que con esfuerzo “sobrehumano” luchan y estiran cada peso por mantener a sus hijos en estos colegios que prometen una educación de calidad, más personalizada y con herramientas que facilitan el aprendizaje en entornos cómodos.. En el caso de las instituciones que están en el régimen de libertad regulada, pero que no cuentan con certificación de calidad, sino con una autoevaluación, el incremento se calcula con el IPC más 0,83 %. De igual manera, se suman los mismos porcentajes por educación inclusiva (0,3 %), salarios docentes (2,2 %) y permanencia (0,16 % a 0,5 %).. Para estos colegios el alza puede ser máximo de 8,93 % que, en el mismo ejemplo de una pensión mensual de 1 millón de pesos, subiría a $1.093.000 aproximadamente. Por otro lado, en los colegios en régimen de libertad vigilada el aumento es menor. Se toma el IPC más 0,66 %, más los porcentajes adicionales por inclusión (0,3 %), salarios docentes (2,2 %) y permanencia (0,16 % a 0,5 %).. Estos colegios podrán hacer un alza máxima de 8,76 %. En su caso la tarifa del primer grado no la podrán calcular libremente, sino solo usando el incremento autorizado por la cartera de Educación.. Finalmente, en los colegios que están en el régimen controlado, la Secretaría de Educación Municipal es quien definirá el incremento. En este caso, solo se aplica el IPC, más los porcentajes de inclusión (0,3 %), salarios docentes (2,2 %) y permanencia (0,16 % a 0,5 %), pero sin puntos adicionales iniciales. Entre los colegios del régimen controlado, el alza sería máximo de 8,1 %.. El proyecto de resolución también establece que los colegios privados podrán otorgar descuentos a las familias sobre la tarifa autorizada, los cuales deben ser detallados en el reglamento o manual de convivencia, registrados en el contrato de matrícula y reportados en el estado de pérdidas y ganancias de la institución.. En todos los casos, los colegios creados después de 2025 no podrán aplicar el Índice de Permanencia porque no cuentan con datos de matrícula histórica. El MEN también recordó que en caso de no pago oportuno de la matrícula o pensiones, los colegios podrán retener los informes de evaluación de los estudiantes, a menos que los padres puedan demostrar la imposibilidad de pago por justa causa.. Sin embargo, en ningún caso podrán suspender la prestación del servicio, ni impedirles participar en el proceso educativo, lo que incluye presentar evaluaciones y/o recuperaciones, retirarlos del salón de clase, participar de actividades pedagógicas, y demás actividades académicas, en garantía del derecho a la educación.. Los padres de familia también pueden dar sus opiniones y aportes en cuanto al incremento de las tarifas para el 2026. Para esto, el MEN publicó el borrador de la resolución y abrió hasta el 19 de septiembre la sección de comentarios para garantizar la transparencia y la participación ciudadana en este proyecto en la página Sucop ‘Participar es la nueva norma’.. En cuanto al material educativo, la resolución establece que los colegios no pueden incurrir en prácticas restrictivas cuando realicen la solicitud de materiales educativos, por lo que no pueden exigir proveedores ni marcas específicas, ni establecer mecanismos que de cualquier forma impidan la concurrencia de múltiples proveedores en la provisión de estos materiales.. “El establecimiento educativo debe adjuntar el acta del Consejo Directivo con la aprobación de la lista completa de útiles escolares para uso pedagógico, textos, uniformes e implementos que se usarán durante el siguiente año académico, en la aplicación EVI, como anexo en el momento de adelantar la autoevaluación institucional, con el fin de facilitar el ejercicio de la inspección, vigilancia y control por parte de las secretarías de educación”, se lee en la resolución.. Por Namieh Baute Barrios
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