Los ex futbolistas del FC Barcelona Gerard Piqué Bernabéu y José El El Navarro han sido multados recientemente por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el supervisor de la Bolsa española, por utilizar información privilegiada. La sanción llegó tras una investigación realizada a raíz de una comunicación de operación de posible abuso de mercado. Sólo el año pasado, la CNMV recibió un total de 218 comunicaciones de posibles operaciones sospechosas. Seguir leyendo
El 84% de las comunicaciones estaban relacionadas con el posible uso de información privilegiada en Bolsa
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El ex futbolista del FC Barcelona Gerard Piqué Bernabéu y el empresario José Elías Navarro han sido multados recientemente por el supervisor bursátil español, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), por el uso de información privilegiada. La sanción se produjo tras una investigación llevada a cabo a raíz de una comunicación de operación de posible abuso de mercado. Sólo el año pasado, la CNMV recibió un total de 218 comunicaciones de posibles operaciones sospechosas. La cifra es un 21% inferior a la registrada un año antes, y el regulador del mercado justifica que este descenso se debe principalmente a una «disminución del número de comunicaciones recibidas de otras autoridades competentes». Es la cantidad más baja de los últimos cinco años, según los datos del supervisor. La CNMV detalla que del total de comunicaciones recibidas el año pasado como Informe de Operaciones y Órdenes Sospechosas (IOTS), el 84% fueron de instrumentos ligados a renta variable, un porcentaje similar al de un año antes. Además, indica que tres cuartas partes de las informaciones recibidas fueron sobre el uso o intento de información privilegiada. En el caso de la sanción impuesta a Piqué, la CNMV ha constatado que el deportista recibió información privilegiada sobre la oferta de Atrys Health para comprar Aspy, empresa de la que Elías era delegado. Una información tras la que adquirió 104, 166 acciones de Aspy Global Services y que vendió sólo una semana después, cuando la opa ya estaba liberada, y que le permitió obtener unas plusvalías de unos 50, 000 euros. ¿De dónde salen estos chivatos? El informe publicado este martes por la CNMV señala que las entidades financieras son responsables de 106 de estos avisos, un 8% más que en 2024, seguidas de otras autoridades competentes, como el Banco de España, el Ministerio de Economía, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) o el supervisor europeo (ESMA). Estas figuras fueron las responsables de dar 39 de estos avisos, un 56% menos. . De acuerdo con los términos de la Unión Europea, las autoridades y entidades competentes tienen un plazo de 60 días para enviar estas advertencias al supervisor. Un periodo que la CNMV señala que ha ido mejorando y que, en los casos en los que se ha producido un retraso, se ha dado una explicación detallada por parte del denunciante. Una vez recibidas las informaciones sospechosas de abuso de mercado, la CNMV explica que las califica en función del grado de detalle y precisión de las explicaciones aportadas para demostrar las posibles vulneraciones o la reiteración de la operación sospechosa y la lógica temporal. También tiene en cuenta el análisis del perfil inversor del sospechoso, si es o no inversor habitual y cuál es su relación con la sociedad emisora de las acciones, como Aspy. Del mismo modo, se tiene en cuenta el beneficio o la pérdida potencial evitada. El supervisor, que dirige Carlos San Basilio, señala que las entidades financieras han facilitado en los últimos años el establecimiento de alarmas en sus sistemas internos para prevenir posibles abusos de mercado. Además, indica que ha sido necesario que los bancos y empresas de inversión incorporen una revisión explícita por parte de su equipo de empleados de la cadena de alarmas para decidir si envían o no a la CNMV una operación sospechosa de abuso de mercado. Un análisis que el supervisor considera crucial profundizar en «aspectos clave como la vinculación del cliente con la fuente de información privilegiada u otros potenciales sospechosos, la existencia de reiteración de la operación por parte del titular o persona vinculada, para los mismos u otros valores y otros momentos temporales, la materialidad de la actividad sospechosa y otros detalles que parezcan difíciles de detectar y valorar» El organismo va un paso más allá y recomienda a todos los bancos y entidades de gestión de activos con sede o sucursal en España que dispongan o mantengan procedimientos para vigilar posibles abusos de mercado en las operaciones de sus clientes. Reconoce que se ha instado a quienes no hayan realizado ninguna notificación sospechosa en los dos últimos años y tengan un papel relevante en el mercado a que confirmen si cuentan con los procedimientos adecuados.
