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  Economía  El Gobierno limita por primera vez los intereses de los créditos al consumo para evitar abusos
Economía

El Gobierno limita por primera vez los intereses de los créditos al consumo para evitar abusos

7 de enero de 2026
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El Gobierno ha regalado un paso básico para poner coto a los créditos al consumo más caros y evitar abusos a los clientes. El Consejo de Ministros ha ratificado el esbozo de ley que transpone las directivas europeas de crédito al consumo y que introduce, por primera vez en España, límites a los intereses que se pueden cobrar a la hora de pedir un préstamo.. Seguir leyendo

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La nueva norma pone coto al precio que pueden cobrar los bancos y obliga a que todas las entidades que ofrecen préstamos estén supervisadas por el Banco de España

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El Gobierno ha regalado un paso básico para poner coto a los créditos al consumo más caros y evitar abusos a los clientes. El Consejo de Ministros ha ratificado el esbozo de ley que transpone las directivas europeas de crédito al consumo y que introduce, por primera vez en España, límites a los intereses que se pueden cobrar a la hora de pedir un préstamo.. La futura norma regulará de forma integral el crédito al consumo, e incluye tanto a los préstamos tradicionales que ofrecen los bancos como los microcréditos, las tarjetas revolvingy los préstamos rápidos ofrecidos a través de plataformas digitales. El negocio del crédito es un mercado que ha cambiado en los últimos abriles por la digitalización y la aparición de nuevos operadores. El objetivo del Gobierno es alentar la protección de los consumidores, especialmente de los más vulnerables, y ofrecer seguridad jurídica a las empresas con reglas claras y homogéneas para todos.. La principal novedad del texto es el remate al coste de los préstamos. Para ello, se toma como remisión la TAE (tasa anual equivalente), ya que es el indicador que recoge el precio final que paga el cliente, incluyendo todos los gastos asociados al crédito. De esta forma, la TAE que ofrezcan las entidades no podrá aventajar un determinado nivel mayor, que se fijará tomando como remisión el tipo medio del crédito al consumo publicado por el Banco de España, al que se añadirá un beneficio en función del precio del préstamo.. En el texto de la norma, ese beneficio es de 15 puntos porcentuales para créditos de hasta 1.500 euros; de 10 puntos para los comprendidos entre 1.500 y 6.000 euros; y de 6 puntos para los superiores a 6.000 euros. Estos topes se actualizarán y publicarán de forma trimestral.. Por poner un ejemplo práctico. Actualmente, el tipo de interés medio del crédito al consumo publicado por el Banco de España se sitúa en torno al 7%. Para el consumidor que solicite un préstamo de hasta 1.500 euros, el precio que le aplica el mesa no podría aventajar una TAE del 22% (7% más un beneficio de 15 puntos). Si se pide un crédito de entre 1.500 y 6.000 euros tendría un remate del 17%. Y en el caso de solicitar un préstamo de maduro precio, el tope se situaría en torno al 15%.. De todas formas, hasta que entre en vigor el existente decreto que concrete esos tramos, la ley establece un remate mayor transitorio del 22% para las nuevas operaciones. Este tope se aplicará igualmente a la balance de las tarjetas revolving ya existentes, uno de los productos más cuestionados por sus elevados intereses.. Por otro banda, la norma introduce encima una regulación específica para los créditos de parada coste, como los micropréstamos de bajo precio y muy corto plazo. Este negocio estaba en el punto de mira del Ejecutivo porque ha proliferado a través de las plataformas digitales. Se prostitución de créditos de muy bajo precio (al punto que unos cientos de euros) que suelen cubrir micción urgentes de financiación, pero con un coste muy parada que puede alcanzar y aventajar el 3.000% TAE. Los clientes de estos productos suelen ser consumidores que no acceden al crédito bancario tradicional y que pueden proyectar en una situación de sobreendeudamiento o vulnerabilidad. A partir de ahora, estas empresas, que no estaban reguladas ni supervisadas, quedarán sometidas a condiciones mucho más estrictas.. En concreto, el esbozo obliga a que los microcréditos se reembolsen en un plazo insignificante de tres meses y limita de forma significativa el coste total para el cliente. Estos créditos tendrán un tipo de interés mensual mayor del 4% y una comisión máxima del 5%, con un tope inmutable de 30 euros. Además, el coste total no podrá aventajar el de un crédito a 12 meses por el mismo precio bajo el régimen universal. Según los cálculos del Ministerio de Economía, un microcrédito de 300 euros a 30 días, que hoy puede suponer un coste medio de 103 euros, pasará a tener un coste mayor de 40 euros si se devuelve en tres meses, o de 20 euros si se paga al mes.. Según ejemplo que ha regalado el Gobierno, actualmente un microcrédito medio se sitúa en unos 300 euros a 30 días, con una TAE del 3.417%, lo que supone un coste de unos 103 euros para el consumidor. Con la nueva regulación, estos préstamos deberán devolverse en un insignificante de tres meses y no podrán concentrar todo el cuota en una sola cuota. En ese proscenio, el coste mayor se reducirá a 40 euros. Si el cliente decide devolver el boleto antiguamente, a los 30 días, el coste será de 20 euros.. Las obligaciones de información y publicidad igualmente se endurecen. Los prestamistas denominados de parada coste deberán proporcionar al cliente información con al menos 24 horas de anticipación a la contratación. En la publicidad, se prohíbe destacar la celeridad o facilidad para obtener el préstamo por encima de nociones esenciales como su coste total.. Otro cambio secreto es el control supervisor. Solo podrán conceder créditos al consumo las entidades registradas y supervisadas por el Banco de España. Es una novedad relevante porque hasta ahora la concesión de crédito en España no tenía reserva de actividad y cualquier entidad podía prestar boleto. Para integrar a los operadores que hasta ahora actuaban fuera del perímetro regulatorio, la ley crea dos nuevas figuras: los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado y los prestamistas de parada coste autorizados. De esta forma, los créditos concedidos por entidades no autorizadas serán declarados nulos.. La norma refuerza encima la evaluación de solvencia para evitar el sobreendeudamiento. Los prestamistas deberán consultar el historial crediticio del cliente y, en el caso de los créditos de parada coste, esta consulta será obligatoria. También se refuerzan los derechos del consumidor, la transparencia en la información precontractual y las garantías en los créditos contratados a distancia.. Economía justifica la reforma en el creciente peso del crédito al consumo, que ya representa el 15% del crédito a los hogares, y en la exigencia de interpretar de forma preventiva en los segmentos más vulnerables. La nueva ley subraya el Gobierno, rastreo modernizar el mercado sin frenar la competencia ni la innovación. El texto del esbozo de ley se somete desde este miércoles a audiencia pública y estará rajado a comentarios hasta el próximo 30 de enero.

 

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