Sumar apetito la batalla legítimo contra el Banco de España, víscera al que demandó por no entregar la información sobre los beneficios extraordinarios que obtuvieron las entidades financieras en 2022 y 2023. El Tribunal Supremo ha estimado el expediente que presentaron tres diputados de la formación política al considerar que aunque dicha información puede ser considerada confidencial según lo traumatizado en la Ley de Entidades de Crédito, esta reserva legítimo no se aplica al caso de las Cortes Generales. De este modo, el Alto tribunal ha corregido el criterio de la Audiencia Nacional, que en enero de 2025 avaló la audacia del supervisor bancario de no atender al requerimiento de los parlamentarios.. Seguir leyendo
El parada tribunal corrige a la Audiencia Nacional y señala que el Banco de España debe entregar la información sobre las ganancias que obtuvieron las entidades con los depósitos en el BCE entre 2022 y 2023
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Sumar apetito la batalla legítimo contra el Banco de España, víscera al que demandó por no entregar la información sobre los beneficios extraordinarios que obtuvieron las entidades financieras en 2022 y 2023. El Tribunal Supremo ha estimado el expediente que presentaron tres diputados de la formación política al considerar que aunque dicha información puede ser considerada confidencial según lo traumatizado en la Ley de Entidades de Crédito, esta reserva legítimo no se aplica al caso de las Cortes Generales. De este modo, el Alto tribunal ha corregido el criterio de la Audiencia Nacional, que en enero de 2025 avaló la audacia del supervisor bancario de no atender al requerimiento de los parlamentarios.. En una sentencia con término del 3 de marzo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo asegura que es “muy difícil” que la ley impida al Congreso de los Diputados y al Senado penetrar a la información a disposición del Banco de España porque “el poder de las cámaras de conocer información en manos del Gobierno y de las entidades públicas es un elemento crucial de la democracia parlamentaria”. En este sentido, los magistrados precisan que la legislatura rebusca circunscribir que dicha información se examine en “sesión abierta y pública” y por ello el administrador del Banco de España puede solicitar que el examen se haga en “sesión secreta” o pedir la restricción que aplica la regulación de conocimiento parlamentario de secretos oficiales. “Pero nada más”, concluye.. La formación política requirió los ingresos extraordinarios que las entidades bancarias recibieron por la facilidad de depósito, es aseverar las cantidades retribuidas a un tipo de interés determinado por realizar depósitos a un día en los bancos centrales. Con esta fórmula, el Banco Central Europeo (BCE) trató de estimular la patrimonio y evitar que los bancos aparcaran su solvencia, sobre todo en épocas de dificultades como la Gran Recesión o la crisis de la covid-19.. Durante el tiempo que los tipos estuvieron a cero, esta signo llegó a ser negativa, lo que implicaba que el BCE cobrara a los bancos un tipo de interés por tener sus reservas depositadas. Sin retención, la inflación en 2022, provocada en gran parte por el conflicto en Ucrania, hizo que el porción central elevara los tipos y la facilidad de depósito, lo que provocó que las entidades pasasen de fertilizar por la solvencia depositada en el porción central a rápidamente obtener réditos por ella.. En concreto, Sumar solicitó conocer el desglose del cuota individualizado para cada entidad en saco a este aparato. El entonces administrador, Pablo Hernández de Cos, manifestó su examen a simplificar estos datos sobre las ganancias extraordinarias de los bancos en una comparecencia en el Congreso en mayo de 2024. “¿Por qué no podemos darle los datos individuales? Estamos sujetos al deber de confidencialidad [al respecto]. El Banco de España no puede hacer otra cosa que cumplirlo”, dijo en respuesta a una de las preguntas formuladas por Carlos Martín, uno de los diputados de Sumar que firmó la demanda.. Unos días posteriormente, el 10 de junio, Hernández de Cos trasladó la misma postura por escrito al Congreso de los Diputados. Aunque facilitó el total de saldos depositados y de los intereses abonados por el Banco de España al conjunto de entidades de crédito, denegó separar los datos por cada entidad de crédito, como solicitó Sumar, alegando que ello podría afectar a la política monetaria y al secreto profesional. Tras ello, los diputados Carlos Martín, Txema Guijarro y Manuel Lago presentaron la demanda frente a la Audiencia Nacional, que acabó con una sentencia, dictada en enero de 2025, que acabó con un pronunciamiento a protección del Banco de España.. Esto motivó a los tres diputados a elevar el asunto al Supremo, al entender que era necesario que analizará el caso y fijara derecho sobre el secreto de la información que obra en poder de la institución y su colisión con derechos fundamentales. Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha entregado la triunfo final ―la sentencia es firme― a los políticos, que encima contaban con el apoyo de la Fiscalía ―presentó su propio expediente para denunciar la infracción de derechos de los ciudadanos, a través de sus representantes parlamentarios―, al indagar su derecho en obtener la información requerida en el interior de sus funciones parlamentarias.. Tras revisar la legislatura que regula a las entidades de crédito y la información reservada sobre ellas, el tribunal asegura no tener “ninguna duda de que si la información es requerida por el pleno o por una comisión de la Cámara, son ‘las Cortes Generales’ quienes la recaban” y, por consiguiente, la reserva no les afecta. Así, señala que los tres diputados solicitantes “no son particulares, sino representantes del pueblo español que ejercen una función esencial de control político”.. En sarta con todo ello, el Supremo recuerda que el artículo 109 de la Constitución es claro al señalar que “las Cámaras y sus comisiones podrán recabar, a través de los presidentes de aquéllas, la información y ayuda que precisen del Gobierno y de sus departamentos y de cualesquiera autoridades del Estado y de las Comunidades Autónomas”. Así, subraya que el Banco de España es una “autoridad del Estado” y ello no puede ser puesto en tela de madurez.
