La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha declarado el cierre definitivo del expediente que tenía abierto con la filial española de Schweppes, tras más de 10 años desde su apertura, y casi nueve desde que activó la vigilancia de los compromisos que la compañía adquirió con el organismo para evitar una sanción. Seguir leyendo
Competencia abrió el expediente en 2015 al comprobar que la filial española prohibía a los distribuidores vender la tónica fabricada por Coca- Cola en Reino Unido
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Bebidas. Competencia abrió el expediente en 2015 al comprobar que la filial española prohibía a los distribuidores vender la tónica fabricada por Coca- Cola en Reino Unido . Chapa de una botella de Schweppes.. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha declarado el cierre definitivo del expediente que mantenía abierto con la filial española de Schweppes, después de transcurrir más de 10 años desde su apertura, y casi nueve desde que activase la vigilancia sobre los compromisos que la empresa adquirió con el organismo para evitar una sanción.. Así consta en la resolución aprobada el 10 de diciembre pasado por el consejo de la CNMC, presidido por Cani Fernández. El mismo declara el cierre de la vigilancia sobre Schweppes España, que se mantenía vigente desde el 29 de junio de 2017, cuando ambas partes acordaron la firma de una serie de obligaciones que la compañía fabricante de tónicas debía ejecutar. Estos, dice la resolución, fueron cumplidos “en tiempo y forma” en su totalidad.. El inicio del caso se remonta a septiembre de 2015, cuando la CNMC comunicó la apertura de un expediente sancionador contra Schweppes S.A. por posibles conductas competitivas, tras recibir una denuncia del distribuidor Red Paralela. A raíz de la misma, Competencia comprobó cómo la compañía de refrescos había iniciado varios procedimientos judiciales contra algunos distribuidores independientes en España, que comercializaban tónica Schweppes fabricada en Reino Unido y otros países europeos, en los que la propiedad de la marca es de Coca-Cola y no de Orangina Schweppes (Suntory), dueña de la misma en España y la mayoría de países de la Unión Europea.. Ante la amenaza judicial, esos distribuidores accedieron a firmar acuerdos en los que Schweppes S.A. les prohibía la distribución y comercialización de la bebida si esta no era fabricada en España. La CNMC consideró que estos acuerdos “podían exceder los derechos de marca, que se pretendía proteger, e infringir la normativa de competencia“.. Ante este tipo de expedientes, la CNMC permite a la empresa investigada la posibilidad de presentar una serie de compromisos vinculantes para cerrar el expediente sancionador, si el organismo los considera suficientes para zanjar el proceso. Es la vía por la que optó Schweppes.. La compañía pactó, en primer lugar, modificar los acuerdos con los distribuidores, aclarando que únicamente se oponía a que estos vendiesen tónica Schweppes fabricada por Coca-Cola en Reino Unido, además de firmar una adenda que aclarara que el ámbito de aplicación se limitaba a ese caso concreto.. En segundo punto, la compañía se obligaba a incluir en los nuevos contratos esa misma aclaración, que solo se oponía a la comercialización de la tónica fabricada por Coca-Cola. Si era necesario, también debía homologarlos en sede judicial. En tercer lugar, en aquellos casos en los que el litigio con los distribuidores hubiese llegado ya a los juzgados, también se comprometía a ceñir la disputa a la tónica Schweppes fabricada en Reino Unido por Coca-Cola. Y por último, Schweppes SA aceptó publicar en su web la resolución de Competencia.. En su informe de diciembre pasado, la CNMC confirma que la compañía cumplió con todas esas obligaciones, aunque el cierre de la vigilancia se ha extendido durante casi 10 años. En ese retraso influye el hecho de que el denunciante anónimo que permitió la apertura del caso presentó un recurso contencioso-administrativo contra la resolución de junio 2017. La Audiencia Nacional no dictó sentencia firme hasta junio de 2023, desestimando las pretensiones de la parte recurrente.. El caso llegó a otras instancias judiciales. En 2019, la Audiencia Provincial de Barcelona reconoció a Schweppes Suntory como la única empresa con derecho a distribuir la tónica de la marca Schweppes en España, condenando a Red Paralela a cesar la venta de los productos procedentes de Reino Unido. La sentencia llegó después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se posicionara en ese sentido.. Sobre la firma. Redactor de la sección de empresas, especializado en distribución, gran consumo y economía del deporte. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y Especialista en información económica de la UIMP. Desarrolla su carrera en CincoDías desde 2011 tras haber pasado por El Mundo y Vocento.. El análisis de la actualidad económica y las noticias financieras más relevantes. Companias Cinco Días en Facebook. Companias Cinco Días en Twitter. Normas ›. Mis comentariosNormas. Rellena tu nombre y apellido para comentarcompletar datos. Please enable JavaScript to view the comments powered by Disqus.. 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