A la neutralidad europea le parece poco las compensaciones de la estatuto española cuando la Administración abusa de encadenar contratos temporales con un trabajador. Cree insuficientes las indemnizaciones contempladas, las oposiciones que valoran la experiencia si están abiertas a todo el mundo (abusados o no) y el acuerdo indefinido no fijo porque “mantiene al afectado en situación de precariedad”. Estas medidas “no parecen permitir sancionar debidamente esta utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión”, señala la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) emitida este martes en respuesta a unas cuestiones prejudiciales del Supremo. Los jueces de Luxemburgo dejan la respuesta sobre qué hacer al stop tribunal gachupin, pero de sus conclusiones pueden deducirse qué tipo de sanciones pueden ser suficientes para compensar este exceso y una puerta se queda abierta: la vieja reivindicación de miles de empleados públicos temporales de que se les haga fijos de forma cibernética en los juzgados.. Seguir leyendo
El Tribunal de Justicia de la UE deja la puerta abierta a la conversión de eventuales a fijos, indemnizaciones más altas o procesos específicos de estabilización
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funcionarios. El Tribunal de Justicia de la UE deja la puerta abierta a la conversión a de eventuales a fijos, indemnizaciones más altas o procesos específicos de estabilización. Un camarilla de interinos y temporales despliega una pancarta para exigir «fijeza ya» contra la «temporalidad abusiva» en las administraciones públicas.EUROPA PRESS (EUROPA PRESS). El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado finalmente este martes sobre cómo debería compensar la estatuto española el exceso en el encadenamiento de contratos por parte de los trabajadores temporales de las administraciones públicas. Según el laudo emitido, y que da respuesta a las dudas planteadas por el Tribunal Supremo gachupin delante un caso de exceso de temporalidad por parte de una trabajadora que era personal gremial, el TJUE ha sentenciado que las medidas que aplica España para compensar el exceso de la temporalidad “no parecen permitir sancionar debidamente esta utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión”. De esta forma, el TJUE insta a España y, en concreto al Tribunal Supremo, a que determine otras vías sancionadoras para compensar este exceso, dejando así la puerta abierta a la reivindicación de miles de empleados públicos temporales que ya están reclamando su fijeza en los juzgados.. El tribunal europeo concreta que nadie de los mecanismos de la estatuto española son suficientes para compensar a los trabajadores que encadenan contratos. Así, a la neutralidad europea no le valen “la transformación de estos contratos en una relación laboral indefinida no fija; el pago de indemnizaciones al trabajador en el momento de la extinción de la relación laboral; el régimen de responsabilidad de las Administraciones Públicas y la convocatoria de procesos selectivos que tienen en cuenta la experiencia anterior del trabajador y el tiempo de servicio dedicado por este al desarrollo de sus tareas”.. De esta guisa, el TJUE señala que el situación normativo gachupin nocumple con la directiva comunitaria sobre empleo temporal en el caso de la regulación gremial de los empleados públicos, que en muchos casos se proxenetismo de interinos que entraron para compensar los recortaduras presupuestarios que limitaron la contratación en las administraciones en los abriles que siguieron a la crisis financiera y que han encadenado contratos eventuales durante décadas incluso.. El laudo conocido este martes era esperado por cientos de miles de trabajadores públicos que son funcionarios interinos o personal gremial (temporales, indefinidos e indefinidos no fijos), y que podrían pasar el medio millón. Miles de ellos ya han llevado su caso a los tribunales por exceso de temporalidad o piensan llevarlo. Ahora habrá que ver si, como resultado de esta sentencia y de esa doctrina, el Gobierno estaría o no obligado a cambiar la ley para impedir la excesiva temporalidad del empleo notorio que afecta a uno de cada tres trabajadores de las administraciones (el 32%), fundamentalmente en los ámbitos autonómico y lugar.. La yerro de un compensación adecuada para los temporales por los abusos sufridos por la Administración española ha tenido un papel en el plan de recuperación gachupin. Las diferentes reformas y regularizaciones que hizo el Ejecutivo hace unos abriles formaban parte de los compromisos que Madrid había asumido con Bruselas y supusieron la venida de caudal correspondiente a este fondo. Pero luego llegó una sentencia del TJUE señalando que no bastaba, que todo lo hecho por el Gobierno seguía quedándose corto.. Aquel falló forzó a la Comisión a desdecirse, es afirmar, a revertir la atrevimiento ya tomada de dar por cumplido un compromiso del plan de recuperación y requerir la devolución el caudal desembolsado. Eso sucedió en el verano del año pasado. Aprovechando el botellín suscripción del plan, Bruselas congeló la entrega de 626 millones de euros correspondientes a esta reforma, que todavía no ha sido aprobada. Además, es muy probable que España no acabe sacando delante una reforma como la que demanda el TJUE y dé por perdido ese caudal, puesto que probablemente la compensación requerida precisara de más caudal que el que se pueda perder al final.. 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