El Gobierno prestará asistencia a los trabajadores autónomos que hayan sufrido los incendios forestales y hayan interrumpido temporalmente su actividad. El Consejo de Ministros aprobó el martes una nueva prestación para los trabajadores que se han visto afectados por los incendios. Además, también han dado luz verde a otro conjunto de medidas dirigidas específicamente a los autónomos y a las empresas que se han visto gravemente afectadas por los incendios que han asolado el país. Según el comunicado emitido este miércoles por el Ministerio de Seguridad Social, los autónomos podrán solicitar la suspensión de la prestación de la actividad en los municipios afectados sin necesidad de presentar documentos que acrediten la fuerza mayor, tanto si su actividad se ha interrumpido total o parcialmente, como si la interrupción es permanente o temporal. Según la normativa
No se les pedirá que demuestren la interrupción de la actividad como consecuencia de un caso de fuerza mayor. Las empresas acogidas al ERTE por incendios dejarán de pagar cotizaciones entre agosto y noviembre.
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No es necesario demostrar la interrupción de la actividad debido a un caso de fuerza mayor. Las empresas acogidas al ERTE por incendio no abonarán cotizaciones entre agosto y noviembre. El audio de esta noticia puede contener errores debido a su voz sintética, generada por IA. El jueves, una tienda de piragüismo en Pelayos de la Presa, Madrid, quedó destruida por un incendio. El Gobierno ayudará a interrumpir la actividad de los autónomos afectados por los incendios forestales. El martes, el Consejo de Ministros aprobó una nueva prestación para los trabajadores afectados por los incendios. Además, dieron luz verde a un segundo conjunto de medidas dirigidas específicamente a los autónomos y a las empresas que han sufrido un impacto negativo a causa de los incendios que han estado arrasando el país. Según el comunicado emitido el miércoles por el Ministerio de Seguridad Social, los autónomos podrán solicitar la interrupción de la prestación de la actividad en los municipios afectados sin necesidad de presentar documentos que acrediten la fuerza mayor, tanto si su actividad ha cesado total o parcialmente, como si es de forma permanente o temporal. Según ha explicado el departamento dirigido por la portavoz del Gobierno, Elma Saiz, los autónomos con una cuota reducida para iniciar su actividad, los autónomos con una cuota reducida para iniciar su actividad y aquellos inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Marítimos y en el Régimen de Trabajadores Autónomos pueden beneficiarse de esta iniciativa. De acuerdo con la práctica habitual, los organismos asociados a la Seguridad Social o al Instituto Social Naval concederán el reconocimiento provisional de la interrupción de la actividad con carácter retroactivo, si fuera necesario, a partir del 22 de julio de 2026 o de la fecha efectiva de la interrupción.
