La Audiencia Nacional ha comenzado este lunes a juzgar el caso Arbistar, una de las mayores estafas piramidales en inversión en criptomonedas que afectó a más de 32.000 personas, entre mayo de 2019 y septiembre de 2020. Durante la primera sesión, que se ha celebrado en la sede del órgano judicial en la localidad madrileña de San Fernando de Henares, el tribunal ha tumbado cualquier expectativa de los acusados de no realizar la vista oral que se dirige contra Santiago Fuentes, fundador de la plataforma que da nombre al procedimiento (en prisión provisional), a su socio Diego Felipe Nojarova, y otras cinco personas, a quienes se les atribuye delitos de estafa agravada, organización criminal y falsificación de documentos mercantiles. Las defensas han cuestionado que la documentación que sustentan las tesis acusatorias no fueron correctamente tratadas por los investigadores desde el inicio, por lo que han planteado la nulidad del procedimiento. Sin embargo, el tribunal considera que la valoración sobre la legalidad de esas pruebas se debe realizar una vez analizadas en profundidad durante la vista oral y pospone su decisión hasta el dictado de la sentencia.. Seguir leyendo
La Audiencia Nacional rechaza el archivo del procedimiento y señala que resolverá en sentencia sobre la legalidad de la documentación cuestionada por las defensas
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La Audiencia Nacional ha comenzado este lunes a juzgar el caso Arbistar, una de las mayores estafas piramidales en inversión en criptomonedas que afectó a más de 32.000 personas, entre mayo de 2019 y septiembre de 2020. Durante la primera sesión, que se ha celebrado en la sede del órgano judicial en la localidad madrileña de San Fernando de Henares, el tribunal ha tumbado cualquier expectativa de los acusados de no realizar la vista oral que se dirige contra Santiago Fuentes, fundador de la plataforma que da nombre al procedimiento (en prisión provisional), a su socio Diego Felipe Nojarova, y otras cinco personas, a quienes se les atribuye delitos de estafa agravada, organización criminal y falsificación de documentos mercantiles. Las defensas han cuestionado que la documentación que sustentan las tesis acusatorias no fueron correctamente tratadas por los investigadores desde el inicio, por lo que han planteado la nulidad del procedimiento. Sin embargo, el tribunal considera que la valoración sobre la legalidad de esas pruebas se debe realizar una vez analizadas en profundidad durante la vista oral y pospone su decisión hasta el dictado de la sentencia.. Asimismo, la Audiencia Nacional ha rechazado suspender el juicio durante seis meses hasta que los peritos de las defensas concluyan un último informe pericial, admitido en octubre de 2024, al entender que tienen “tiempo suficiente” para realizarlo hasta que sea su turno de exposición en el juicio, a finales de abril. No obstante, ha cancelado las sesiones previstas hasta el 24 de marzo, debido a que no se había dado traslado del escrito de acusación de las empresas de la trama que constan como posibles responsables civiles subsidiarias.. La primera jornada de esta vista oral, que además es la primera en la Audiencia Nacional relacionada con fraude de criptomonedas, se ha dedicado al planteamiento de las cuestiones previas. Se trata de un trámite en el que acusaciones y defensas plantean puntos que pueden ser esenciales para el desarrollo de la vista oral, como puede ser la aportación de nueva documental, el orden de declaración de los acusados o la discusión sobre la legalidad de la instrucción de la causa. En este sentido, el tribunal presidido por el magistrado Francisco Javier Vieira ha dado luz verde a que se adopten medidas para garantizar la privacidad de los testigos que lo deseen, pese a no ser testigos protegidos, tal y como han pedido algunas acusaciones particulares. Asimismo, ha aceptado que el considerado cabecilla de la trama se siente en el estrado de abogados para estar cerca de su defensa y poder tener mejor comunicación; y que sea interrogado en último lugar, una vez declaren todos los testigos y peritos, ya que se trata del acusado al que se pide “la mayor penalidad”, como ha resaltado su abogado. La Fiscalía pide 29 años y nueve meses de cárcel contra el líder de Arbistar, mientras que la petición de condena para el resto de acusados oscila entre 15 años y nueve meses y 23 años y medio de prisión.. Los jueces no han aceptado ninguna alegación relativa a vulneración de derecho a la defensa o a un juicio justo con todas las garantías, ni las quejas de “trato discriminatorio” o que han expuesto alguna de las defensas de los acusados, al entender que este trámite previo al desarrollo de la vista oral no es para dilucidar “cuestiones jurídicas, sino técnicas”. Tampoco han permitido al abogado de Fuentes que impugnara la personación de 6.807 afectados que, según ha dicho, no todos han ratificado sus denuncias en sede judicial. Así, han emplazado al letrado a manifestar esta oposición, con la que se pretendería rebajar el número de afectados a indemnizar si se dicta una sentencia condenatoria, al final del juicio, durante la exposición de los informes finales.. La cuantificación del fraude total, si es que se acredita que ha habido, y las eventuales indemnizaciones a abonar a los inversores perjudicados, será una de las tareas de este tribunal. El juez de la Audiencia Nacional que instruyó esta causa, José Luis Calama, concluyó que Arbistar “vendió humo” a los inversores y ocasionó un perjuicio de 92 millones de euros, si bien el ministerio público elevó el daño hasta los 1.902 millones de euros, según su escrito de acusación presentado el 18 de abril de 2024. Esta cantidad, que fluctúa de acuerdo al valor de la moneda virtual, se calculó en relación a los 29.928,65 bitcoins intervenidos por la Policía y teniendo en cuenta que el valor en ese momento era de 63.400,10 euros. En cambio, otras acusaciones particulares (en total hay 12) estiman el daño en más de 3.500 millones de euros, como ha hecho la que ejerce despacho Aránguez Abogados, que representa a cerca de 3.800 afectados.. “Ruptura de la cadena de custodia”. Así las cosas, los representantes legales de los miembros de Arbistar han centrado sus cuestiones previas a denunciar la “ruptura de la cadena de custodia” de la información que se incautó en 2020, cuando se inició la investigación judicial en un juzgado de Arona (Tenerife) y que en abril de 2021 se trasladó a la Audiencia Nacional. Según ha expuesto el abogado de Fuentes, la Policía no hizo correctamente el volcado informático de alguna de estas pruebas que han resultado clave para concluir que Arbistar es una estafa piramidal. “No se han volcado, se han copiado y por tanto se han manipulado, se han alterado”, ha destacado.. “Se puede prescindir del concepto de custodia”, ha añadido la defensa de Diego Felipe Nojarova, que ha hecho hincapié de que no existe rastro de que la información se volcara como exige la ley. En esta línea, el letrado ha señalado que todos los informes policiales y periciales que se han nutrido de dicha información deben decretarse nulos porque “se ha impedido contradecir, cuestionar todos los elementos incriminatorios”. De hecho, ha solicitado el sobreseimiento del procedimiento, algo que ha sido rechazado por el tribunal, que, además, ha afeado que sea una petición recurrente de esta defensa.. La Fiscalía, que ha subrayado que su tesis se basa en dichos informes, defiende en su escrito de acusación que Fuentes y sus colaboradores “urdieron un plan mediante el cual, aparentando la existencia de un denominado arbitraje de criptomonedas, vinieron a crear un esquema piramidal, en el que el capital obtenido por los nuevos inversores sostenía la estructura financiera, pero sin efectuar actividad alguna de compra y venta de criptomonedas”. Así, la organización perpetró un “engaño masivo e internacional” (los afectados se reparten por varios países) a través de una “carcasa jurídica” llamada Arbistar 2.0, para ofrecer a particulares la inversión en mercados específicos de divisas virtuales, como Kraken o Binance, a cambio de “imposibles” rentabilidades “muy altas” de entre el 8 y 15% mensual.. La plataforma cayó en 2020 cuando Arbistar dejó de abonar las ganancias supuestamente conseguidas, y muchos de los inversores pidieron la retirada de fondos, achacando el problema a un error del sistema de arbitraje. Conscientes de que el sistema defraudatorio había alcanzado su cenit, la trama vació las cuentas de la entidad, “mediante el desvío masivo de los fondos existentes hacia sus propias cuentas personales y las de su entorno personal”, concluye el ministerio público.