El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) ha resuelto en favor de Telefónica el procedimiento que enfrentaba al grupo de telecomunicaciones con el Estado de Colombia por el impacto que varias medidas adoptadas por el Gobierno del país tuvieron en sus inversiones en un litigio que se remonta a hace 30 años. El fallo de este tribunal internacional condena al Estado sudamericano a devolver a Telefónica los 379,8 millones de dólares (357,6 millones de euros) ya desembolsados por la compañía más los intereses devengados por esa cantidad desde 2018 (al 5% anual) y los costes judiciales por lo que, en conjunto, la compañía española recibirá en torno a los 500 millones de euros.. Seguir leyendo
El Ciadi falla en favor de la multinacional española por un litigio que se remonta a hace 30 años
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El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) ha resuelto en favor de Telefónica el procedimiento que enfrentaba al grupo de telecomunicaciones con el Estado de Colombia por el impacto que varias medidas adoptadas por el Gobierno del país tuvieron en sus inversiones en un litigio que se remonta a hace 30 años. El fallo de este tribunal internacional condena al Estado sudamericano a devolver a Telefónica los 379,8 millones de dólares (357,6 millones de euros) ya desembolsados por la compañía más los intereses devengados por esa cantidad desde 2018 (al 5% anual) y los costes judiciales por lo que, en conjunto, la compañía española recibirá en torno a los 500 millones de euros.. El tribunal arbitral internacional compuesto por un panel de tres miembros, constituido en febrero de 2018 a raíz de que Telefónica iniciara el procedimiento de arbitraje internacional en contra de Colombia, ha considerado que el país sudamericano “incumplió con su obligación de otorgar un trato justo y equitativo a las inversiones” de la multinacional española, según ha señalado Telefónica este miércoles en un comunicado remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).. El origen del conflicto judicial está en un laudo arbitral colombiano que condenó en julio de 2017 a ColTel, la filial de la teleco española, a pagar a 1.652 millones de pesos colombianos (462,5 millones de euros) por los activos usados para implantar su telefonía móvil en Colombia desde 1994. Ese mismo tribunal condenó también a Claro, propiedad del magnate Carlos Slim, a pagar 3.100 millones de pesos (875 millones de euros). El Gobierno colombiano alegaba que con el fin de la concesión ambas compañías debían reintegrar no solo el valor del espectro radioeléctrico (las frecuencias por donde se transmite la señal de telefonía móvil), sino toda la infraestructura que le había prestado el Estado (estaciones base, conexiones, y el resto de los recursos de la red) pero cuya mejora fue costeada por las dos compañías telefónicas.. CoTel estaba entonces participada por Telefónica con un 67,5%, mientras que el 32,5% del capital pertenecía al propio Estado colombiano, por lo que la cuantía a satisfacer por la multinacional española rondaba los 270 millones de euros al cambio. Ese desembolsó obligó a Telefónica a realizar una ampliación de capital en su filial colombiana para abonar su parte de la sanción.. En 1994, el Gobierno colombiano pactó con Telefónica y Claro los contratos de concesión para la puesta en servicio de la telefonía móvil en aquel país, documentos en los que se establecía una cláusula de reversión de activos. Sin embargo, Colombia emitió una ley en 1998 y confirmada en 2009 por la que se eliminó esa reversión de activos para permitir que las operadoras realizaran las inversiones multimillonarias que requerían el despliegue de redes y en las mejoras en el servicio de telefonía móvil. No obstante, en 2013, la Contraloría General de la República de Colombia, encargado de revisar los gastos públicos, revisó el asunto y determinó que dichas leyes se mantendrían en firme pero, al mismo tiempo, se debían respetar las cláusulas de reversión de los contratos de concesión al haberse firmado antes de las fechas de expedición de esas normas.. La Cámara de Comercio de Bogotá dio la razón en mayo de 2021 al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia en el primer litigio por el asunto, por lo que obligó a Telefónica a acudir al Ciadi, para convocar un arbitraje cuyo tribunal estuvo presidido por el brasileño José Emilio Nunes Pinto, en compañía del coárbitro argentino Horacio Grigera, designado por Telefónica, y del francés Yves Derains, elegido por Colombia.. En 2021, en un expediente muy similar, el Ciadi falló en contra de Claro (América Móvil) y a favor de Colombia, que evitó la devolución de 1.286 millones de dólares. La razón de ese diferente criterio es que la empresa española realizó la inversión en el marco del tratado de libre comercio de Colombia con España “para la promoción y protección recíproca de inversiones”, mientras que la empresa mexicana lo hizo bajo el tratado con México, que otorga menos garantías a las inversiones.. Telefónica tiene pendiente otra importante disputa con Perú sobre los daños y perjuicios ocasionados por la histórica controversia por el pago de impuestos. El Ciadi ha fijado para febrero de 2025 las audiencias para escuchar los argumentos de ambas partes del conflicto y decidir si se incumplió un acuerdo bilateral de inversión entre España y la República de Perú. Por estos hechos, la empresa de telecomunicaciones reclama la devolución de más de 1.000 millones de euros.