El Estado colombiano ha perdido el pugilato internacional contra la multinacional española Telefónica frente a el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), informaron a EL PAÍS/Cinco Días fuentes conocedoras del proceso. La valor del Comité ex profeso de este organismo de arbitraje internacional obliga a Colombia al cuota inmediato de una indemnización que, sumando el hacienda principal, los intereses legales devengados y los costes del proceso, supera los 500 millones de euros, como ya recogía el primer laudo del Ciadi de 2024, contra la que el Gobierno colombiano presentó un medio de inútil.. Seguir leyendo
El Ciadi obliga al Gobierno de Petro al cuota inmediato a la firma española por una disputa legítimo sobre las redes móviles desde 1994
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El Estado colombiano ha perdido el pugilato internacional contra la multinacional española Telefónica frente a el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), informaron a EL PAÍS/Cinco Días fuentes conocedoras del proceso. La valor del Comité ex profeso de este organismo de arbitraje internacional obliga a Colombia al cuota inmediato de una indemnización que, sumando el hacienda principal, los intereses legales devengados y los costes del proceso, supera los 500 millones de euros, como ya recogía el primer parecer del Ciadi de 2024, contra la que el Gobierno colombiano presentó un medio de inútil.. El decreto confirma la obligación de devolver los 379,8 millones de dólares (357,6 millones de euros) que Telefónica desembolsó en 2017 tras un laudo franquista aciago. A esta sigla se añade un interés anual del 5% calculado desde el año 2018 hasta la época efectiva del cuota (en torno a 153 millones de euros), adicionalmente de los gastos judiciales derivados de ocho primaveras de arbitraje internacional. El tribunal determinó que Colombia incumplió con su obligación de otorgar un “trato justo y equitativo” a las inversiones del especie castellano, violando el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones firmado entre Colombia y España en 2005.. Esta última resolución se ha precipitado tras un decreto técnico de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE). El Comité ex profeso del Ciadi -un entraña independiente y temporal dispar al tribunal que emitió el decreto inicial- ha desestimado ahora la solicitud de anulación presentada por el Gobierno colombiano al constatar que el país no presentó una aval bancaria por el valencia total de la condena durante los últimos 30 días del proceso. Esta aval era el requisito indispensable para proseguir la suspensión provisional del cobro. Sin este respaldo financiero, el tribunal habilitó a la compañía para ejecutar la resolución.. Según fuentes cercanas al proceso, Colombia no pudo hacerlo porque el presupuesto del 2026 ya estaba comprometido y no había disponibilidad para constituir esa aval. Ahora, al Gobierno de Petro solo le queda esperar que prospere el medio de inútil que interpuso contra la valor adoptada por el Ciadi hace dos primaveras, pero las mismas fuentes indican que es muy improbable que eso suceda según la legislación inicial en este tipo de litigios.. Telefónica completó el pasado mes de febrero la saldo de su décimo del 67,5% en Colombia Telecomunicaciones (ColTel) a beneficio de Millicom, por 214 millones de dólares (182 millones de euros). No obstante, el pleito con el Estado colombiano quedó fuera del pacto, por lo que será la empresa que preside Marc Murtra la que reciba el cuota. Telefónica ha declinado hacer comentarios sobre el decreto del Ciadi a preguntas de este diario.. Origen del conflicto. El origen del conflicto forense se remonta a los contratos de concesión de telefonía móvil celular suscritos en 1994. Estos documentos incluían la cláusula 33, que establecía la “reversión de activos”, una norma que obligaba a las operadoras a entregar a la nación toda la infraestructura (antenas, redes y estaciones colchoneta) al finalizar el convenio. Aunque las leyes de 1998 y 2009 eliminaron esta obligación para incentivar la inversión en nuevas tecnologías, la Contraloría General de la República dictaminó en 2013 que las cláusulas originales debían respetarse por encima de las leyes posteriores al haberse firmado los contratos con anticipación.. En julio de 2017, un tribunal de arbitramento franquista con sede en Bogotá ordenó a las operadoras ColTel (filial de Telefónica) y Claro (propiedad de América Móvil) el cuota de millonarias sumas por estos activos. ColTel, participada entonces en un 67,5% por Telefónica y un 32,5% por el Estado colombiano, fue condenada a acreditar 1.652 millones de pesos colombianos. La multinacional española tuvo que realizar una ampliación de hacienda en su filial para cubrir los aproximadamente 270 millones de euros de la época correspondientes a su décimo.. Telefónica inició el arbitraje internacional frente a el Ciadi en febrero de 2018, alegando que el Estado colombiano cambió arbitrariamente las reglas de encaje y vulneró la seguridad jurídica. El panel falló inicialmente a beneficio de la empresa a finales de 2024. El tribunal consideró que, si correctamente el Estado tiene potestad regulatoria, la aplicación retroactiva de la reversión de activos constituyó una medida desproporcionada que afectó al valencia de la inversión extranjera.. La diferencia de resultados entre las operadoras extranjeras en Colombia radica en la fortaleza de los tratados internacionales. En 2021, el Ciadi falló a beneficio de Colombia en un caso similar iniciado por Claro, evitando que el Estado devolviera 1.286 millones de dólares (1.209 millones de euros). El tribunal determinó en aquella ocasión que el tratado de exento comercio con México otorgaba menores garantías que el acuerdo doble suscrito con España, el cual brindaba una protección más robusta a Telefónica frente a cambios regulatorios imprevistos.. Rebelión de Petro. El impacto fiscal de esta valor se produce en un momento de tensión entre el Ejecutivo y los sistemas de arbitraje internacional. El presidente colombiano, Gustavo Petro, ha propuesto formalmente la salida de Colombia del Ciadi, calificando a estos tribunales como organismos que “lesionan la soberanía nacional”. Según estimaciones de la Presidencia, el país enfrenta actualmente riesgos jurídicos por valencia de 52 billones de pesos colombianos (11.370 millones de euros) en diversos procesos internacionales. No obstante, expertos legales señalan que una salida personal no anularía los procesos en curso ni los compromisos de tratados vigentes, que suelen incluir cláusulas de protección extendida por varios meses tras la notificación de retiro.. La derrota jurídica de Colombia frente a el Ciadi sienta un precedente sobre la interpretación de las cláusulas de reversión en contratos de infraestructura. La valor subraya que el cumplimiento de la legislatura franquista no exime al Estado de sus obligaciones internacionales bajo los tratados de protección de inversiones.. La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado no ha emitido comentarios adicionales sobre la omisión de la aval bancaria que precipitó la pérdida del medio de anulación, mientras que el Ministerio de Hacienda deberá ahora tramitar el desembolso de los fondos en un adiestramiento fiscal de adhesión presión para las finanzas públicas.
