Tras una década de vigilancia y atención por parte de Bruselas, España ha logrado sacudirse una de las sombras regulatorias que pesaban sobre su gobernabilidad. La Comisión Europea ha comunicado oficialmente al Gobierno el cierre del procedimiento de infracción que tenía abierto contra el país desde 2015, derivado del incumplimiento sistemático de una directiva sobre morosidad en las operaciones comerciales. Este asunto se inició porque el Estado incumplió los plazos legales de pago a sus proveedores, lo que situó a la Administración fuera del ámbito de aplicación del Derecho comunitario y obligó a Bruselas a intervenir para evitar que las facturas languidecieran en los cajones de los organismos públicos. El cierre del procedimiento fue comunicado a España el pasado 29 de abril, según consta en la lista del Ejecutivo comunitario sobre la evolución de estos procesos. Seguir leyendo
Hacienda convence a la Comisión Europea de que la situación ha mejorado en los últimos años
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Tras una década de vigilancia y atención por parte de Bruselas, España ha logrado sacudirse una de las sombras regulatorias que pesaban sobre su gobernanza. La Comisión Europea ha comunicado oficialmente al Gobierno el cierre del procedimiento de infracción que tenía abierto contra el país desde 2015, derivado del incumplimiento sistemático de una directiva sobre morosidad en las operaciones comerciales. Este caso se inició porque la nación incumplió los plazos legales para pagar a sus proveedores, lo que situó a la Administración fuera del ámbito del Derecho comunitario e hizo que Bruselas interviniera para evitar que las facturas languidecieran en los cajones de las instituciones públicas. El cierre del procedimiento fue comunicado a España el pasado 29 de abril, según consta en la lista del Ejecutivo comunitario sobre la evolución de estos procesos. Estos retrasos tuvieron un impacto directo en las cuentas de las empresas, afectando especialmente a las pequeñas y medianas empresas (PYMES). El retraso en los pagos se ha convertido en una barrera para su liquidez, comprometiendo a menudo su viabilidad financiera porque son uno de los proveedores habituales de las administraciones en España. El expediente ahora cerrado se abrió en julio de 2015 e incluso llegó a estar suspendido durante un tiempo. No es algo extraño en este tipo de procedimientos, que además se alargan durante años aunque los plazos sobre el papel sean más cortos. En teoría, desde que la Comisión envía una carta a una capital para informarle de que ha detectado un incumplimiento de las normas europeas (falta de transposición de una directiva, transposición fallida a las legislaciones nacionales, aplicación deficiente. . . . ), dispone de dos meses para responder. Si la respuesta no le convence, Bruselas envía un informe motivado explicando por qué se infringen las normas de la UE. Y de nuevo, el Estado afectado tiene otros dos meses para responder. Si la Comisión no está satisfecha con las explicaciones al final del camino, remite el caso a la justicia europea para que determine quién tiene razón. Esta vez en Bruselas -tras un periplo de casi 11 años- le convencieron las explicaciones de España y el caso final. Según explican los portavoces del Ministerio de Hacienda, es el resultado de una trayectoria de varios años en la que se ha observado una mejora progresiva de los plazos de pago de todos los niveles del Estado. Para llegar a esta decisión, la Comisión no se ha limitado a observar las cifras finales, sino que ha realizado un seguimiento exhaustivo a través de cuestionarios sexenales y un análisis detallado de las medidas legislativas y técnicas aplicadas por el Gobierno. La evolución positiva se ha consolidado especialmente en los últimos cuatro años, según explican en el ministerio, lo que ha permitido que la tendencia a la baja en el periodo medio de pago a proveedores (PMP) haya dejado de ser un hecho aislado para convertirse en una realidad estructural. El último hito que ha convencido a las autoridades comunitarias son precisamente los datos de cierre del ejercicio 2025, que reflejan que todos los subsectores de la Administración pública -Gobierno central, comunidades autónomas, corporaciones locales y Seguridad Social- están pagando actualmente sus facturas en un plazo de 30 días. Al estar por debajo de este límite legal de un mes, España ha defendido ante el Ejecutivo comunitario que dispone de mecanismos suficientes para garantizar la sostenibilidad de su deuda comercial y el cumplimiento de la directiva que motivó la sanción en 2015. Uno de los puntos más críticos en todo este proceso ha sido la actuación de las entidades locales. Tradicionalmente, este subsector era el que presentaba mayores periodos de pago, situándose en la media nacional. Sin embargo, insisten los portavoces de Hacienda, el análisis pormenorizado de los últimos años demostró que el problema no era sistémico en todos los ayuntamientos, sino que se centraba en una minoría de corporaciones locales con registros de excesiva morosidad. Para salvar esta brecha específica, se han desplegado herramientas para los municipios con más dificultades en la gestión financiera. «El Ministerio de Hacienda ha puesto en marcha diversas herramientas para hacer frente a la morosidad en el sector de las corporaciones locales, destacando las distintas ediciones del denominado Mecanismo de Pago a Proveedores (MPP), que se ha desarrollado en los últimos años y que ha sido un elemento clave de ayuda para los municipios con elevados retrasos en los pagos», señalan. A ello se ha unido el reforzamiento de la hacienda local a través del incremento de los recursos del Estado, lo que ha facilitado que estas entidades locales dispongan de los fondos necesarios para corregir sus retrasos. Además, se han puesto en marcha mecanismos estructurales como los Planes de Sostenibilidad Financiera (PSF), de aplicación consecutiva entre 2023 y 2025, que permiten a las entidades con elevada carga financiera reestructurar su deuda a cambio de estrictos compromisos en materia de ingresos, gastos y gestión presupuestaria. Descuento para pagos entre empresas. El mismo día en que se cerró el procedimiento, la Comisión abrió otro expediente. Éste, por no controlar la morosidad en los pagos entre empresas. Según Bruselas, España no ha adecuado su legislación a una decisión del TJUE de febrero de 2025, en la que el Tribunal Europeo dicta que los Estados miembros deben garantizar que las empresas minoristas no paguen a más de 60 días. En el caso español, Bruselas afirma que las condiciones de pago pueden alargarse sistemáticamente más allá de los 60 días, superando incluso los 120 días, una práctica «incoherente con la sentencia del Tribunal». Los pagos específicos, explica la Comisión, son cruciales para el crecimiento y la inversión de las empresas europeas. Por lo tanto, la Comisión envía una carta de notificación formal a España, que dispone de dos meses para responder y subsanar las deficiencias señaladas por la Comisión, según Bruselas. Si no se recibe una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá emitir un dictamen motivado.
