El Consejo de Ministros aprobó el martes, con casi cuatro años de retraso, la transposición al ordenamiento jurídico español de la directiva comunitaria que exige facilitar más información a los trabajadores sobre sus condiciones laborales para garantizar que sean «transparentes y predecibles». La obligación de que las empresas expliquen a sus empleados cómo se determina la parte variable del salario, especialmente si emplean sistemas algorítmicos o de toma de decisiones automatizada, es uno de los cambios que introduce este reglamento. Asimismo, se exige que se explique el uso de estas herramientas si la empresa las utiliza para modificar las condiciones o las tareas del trabajador. Seguir leyendo
La nueva norma de transparencia salarial se publicará en el BOE el miércoles, aunque entrará en vigor 20 días después, según lo acordado con la patronal.
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El Consejo de Ministros aprobó el martes la transposición de la directiva comunitaria, que exige a los trabajadores más información sobre sus condiciones laborales para garantizar que sean «transparentes y predecibles», casi cuatro años después de su aprobación. Entre las novedades de esta normativa destaca la obligación de las empresas de detallar a sus empleados cómo se calcula la parte variable del salario, especialmente si utilizan sistemas algorítmicos o de toma de decisiones automatizados. Asimismo, se deberá explicar el uso de estas herramientas si la empresa las utiliza para modificar las condiciones o las tareas del trabajador. Estos detalles deben comunicarse a los trabajadores incluso antes de que se celebre el contrato y comience la relación laboral, y pueden incluirse en el propio contrato o en un documento adjunto específico. Para facilitar la incorporación de estos nuevos requisitos, la ley establece que «el Servicio Público de Empleo del Estado (SEPE) pondrá a disposición de las empresas y de los trabajadores un modelo de informe informativo». Este modelo estará disponible, como mínimo, a través de su portal de Internet. Pero esta información no será la única novedad contractual que se deberá facilitar a los trabajadores en virtud de esta normativa. Los contratos deberán detallar el salario, los complementos salariales y la parte variable. «Los contratos ahora establecen que la remuneración se fija según acuerdo, la jornada según acuerdo e incluso el período de prueba según el convenio colectivo. «Lo habitual es que los contratos ahora establezcan que la remuneración se fija según acuerdo». Esto se ha acabado en nuestro país», afirmó la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, el martes durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. En concreto, los contratos deberán especificar «el importe del salario base y de cada uno de los complementos salariales por separado, así como su periodicidad y forma de pago». También deberán incluir «el método de cálculo de los conceptos salariales variables y los criterios que determinan su percepción, especialmente cuando el cálculo implique sistemas algorítmicos o de toma de decisiones automatizados». Los trabajadores también tendrán derecho a conocer los acuerdos sobre horas extraordinarias y su forma de pago, así como la distribución de la jornada irregular. «A partir de ahora, todos los trabajadores tienen derecho a conocer en su totalidad las fórmulas algorítmicas utilizadas por su empresa, para, entre otras cosas, poder defenderse», afirmó el ministro. En lo que respecta a la jornada laboral, los contratos deberán especificar «la duración y la distribución horaria de la jornada laboral ordinaria diaria, semanal y anual. En particular, deberá indicarse cuándo la jornada, en su totalidad o en parte, se realiza por la noche o en turnos». En este último caso, deberá especificarse el procedimiento para modificar dichos turnos. El contrato también deberá indicar expresamente el organismo de gestión de la Seguridad Social con el que trabaja la empresa (INSS o mutua), así como las medidas de conciliación disponibles o destinadas al colectivo LGTBI. Y todo ello adaptándose a las personas con discapacidad. Todos estos requisitos entrarán en vigor en un plazo de 20 días a partir de la publicación en el BOE del decreto regulador adoptado este martes por el Gobierno, lo que se espera que tenga lugar el miércoles. Además, los nuevos requisitos de transparencia afectarán a todos los contratos, tanto a los renovados como a los ya vigentes. En el caso de los trabajadores que firmen un nuevo contrato, deberán recibir toda esta información antes de iniciar la relación laboral, mientras que, en el caso de aquellos que ya tengan un contrato, podrán recibirla a petición del propio trabajador, y la empresa deberá facilitarla en un plazo de 30 días. Además, la norma se aplicará de forma absoluta a todos los contratos en todos los ámbitos y sectores, tanto privados como públicos, ha subrayado Díaz. Estos plazos se han acordado entre el Ministerio de Trabajo y la patronal para facilitar la puesta en marcha de estas novedades, especialmente en las empresas más pequeñas. Por último, el ministro ha destacado una última novedad: que esta norma exigirá a las empresas no solo determinar la duración de los períodos de prueba, sino también qué aspectos se evaluarán en ellos. «El período de prueba no solo deberá ser objeto de una información exhaustiva, sino que, además, deberá estar justificado», ha afirmado el vicepresidente segundo. Por lo tanto, según el texto, el trabajador en período de prueba debe saber exactamente cuánto durará este período, «ya sea dentro del límite de seis meses previsto por la ley o durante un período más largo fijado mediante convenio colectivo en los casos justificados por la naturaleza del empleo, por los intereses del trabajador o por la necesidad de evaluar la idoneidad del trabajador en caso de suspensión de la relación laboral». Díaz ya ha intentado impedir que la ley permita estos plazos superiores a seis meses, pero el Congreso de los Diputados ha bloqueado la norma que pretende aprobar. En cualquier caso, ha justificado este endurecimiento en la justificación de los períodos de prueba asegurando que «el 75 % de las empresas que han sido inspeccionadas por la autoridad laboral en este ámbito cometen irregularidades».
