Nieves Lao Giménez tiene 42 años y empezó a trabajar hace 18 en el Servicio Andaluz de Salud (SAS). En todo este tiempo, ha acumulado una vida laboral de 17 páginas. Este documento oficial, que facilita la Seguridad Social, recoge todas las altas y bajas que tiene un trabajador en el sistema, y para alguien con una vida laboral de unos 20 años, suelen ser dos o tres páginas. Esta enfermera que ahora trabaja en el área de salud mental del hospital Torrecárdenas de Almería ha desarrollado casi toda su experiencia laboral enlazando sustituciones de pocos días, semanas o meses en el mejor de los casos. «Y sin generar siquiera derecho a baja», se queja. Su caso es uno de los cientos de miles de ejemplos que inundan las plantillas de las administraciones públicas españolas. Emplean a más de tres millones de trabajadores. Uno de cada tres son actualmente temporales. Seguir leyendo
La justicia comunitaria exige a España que eleve las indemnizaciones a quienes estén en una cadena de contratos abusiva y Bruselas amenaza con ir a los tribunales si no se corrige la situación
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Nieves Lao Giménez tiene 42 años y empezó a trabajar hace 18 en el Servicio Andaluz de Salud (SAS). En todo este tiempo ha acumulado una vida laboral de 17 páginas. Este documento oficial, que facilita la Seguridad Social, recoge todas las altas y bajas que tiene un trabajador en el sistema y, para alguien con una vida laboral de unos 20 años, suelen ser dos o tres páginas. Esta enfermera que ahora trabaja en el área de salud mental del hospital Torrecárdenas de Almería ha desarrollado casi toda su experiencia laboral enlazando sustituciones de pocos días, semanas o meses en el mejor de los casos. «Y sin generar siquiera derecho a baja», se queja. Su caso es uno de los cientos de miles de ejemplos que inundan las plantillas de las administraciones públicas españolas. Emplean a más de tres millones de trabajadores. Actualmente, uno de cada tres es temporal. Lejos de tener un empleo para toda la vida -como se concebía el trabajo para el sector público hasta hace unos años-, estos empleados encadenan contratos, incluso durante décadas. En la mayoría de los casos se comete fraude de ley. La norma y la jurisprudencia sólo permiten tres años y la duración de los interinos cubriendo vacantes, que es el caso más frecuente. Y establecen otros límites, en algunos casos incluso más cortos, para otros tipos de empleo público temporal. Es un asunto que ha provocado varios tirones de orejas por parte de la justicia y las autoridades europeas. La semana pasada, cuando la Comisión Europea envió dos dictámenes motivados al Gobierno. Si España no responde o presenta una reforma en dos meses, el Ejecutivo comunitario la llevará a los tribunales. El ejemplo de Laos lo sitúa en el escalón más bajo de la precariedad del empleo público porque durante casi todo el tiempo ni siquiera ha sido funcionario interino, sino personal estatutario temporal, cuyos contratos tienen una duración menor. Cuando por fin le dieron una plaza de interino, que esperaba que fuera más larga que las sustituciones que había estado haciendo, le dejaron un mes por cuestiones administrativas, no por trabajo. Y entonces se le reconoció otra interinidad por vacante, pero de un tipo particular llamado «no verificado», que implicaba que debía ser confirmado cada dos meses. «Durante años y años no estuve en los cuadrantes de vacaciones del servicio, así que los días libres los cogía cuando me lo decía mi jefe de turno, cuando le venía bien», cuenta Lao que, acaba de conseguir una plaza fija tras aprobar un proceso selectivo en 2025. Ahora le toca luchar para que le reconozcan los puntos que no le han contabilizado, porque de ello dependerá la plaza que le den. Peor son las expectativas de J. L. , otro interino que logró una plaza para una vacante de 15 años tras entrar como personal laboral temporal y que pide no ser identificado por temor a represalias. Este empleado de la sanidad riojana resume con un dato la precariedad laboral que le ha acompañado en la administración: «En 19 años he acumulado 205 contratos de trabajo», dice. Empezó como celador en un ambulatorio de atención primaria trabajando los fines de semana. «A lo largo de la semana cobraba el paro», relata. «Pronto empezaron a darme tareas administrativas o de atención al cliente, durante esos fines de semana, ya que como celador no tenía mucho trabajo y salía más barato tenerme». En todos estos años, J. L. alternó varios puestos, siempre de la bolsa de recambio. Nunca llegó a ser interino porque al trabajar sólo los fines de semana, nunca conseguía los puntos suficientes. Ni siquiera un puesto fijo. Su situación reproduce un perjuicio que afecta tanto a los trabajadores temporales del sector privado y que es uno de los mayores perjuicios de la falta de estabilidad: tienen muchas más lagunas de cotización. Este empleado riojano asegura que, pese a llevar 19 años trabajando, sólo tiene 11 cotizados a la Seguridad Social. Juan José Manzano, trabajador interino. / Foto: Álvaro Cabrera. Un tercio del tiempo. La precariedad que reflejan estos testimonios se extiende a cientos de miles de empleados públicos. En España hay algo más de tres millones, de los que alrededor de un millón tienen una relación laboral temporal (el 32%), según el Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, cuyos últimos datos son de julio de 2025. La Encuesta de Población Activa sitúa la temporalidad en el sector público en el 27%, frente al 12%. 4% en el sector privado. El abuso de la temporalidad ha sido uno de los grandes problemas estructurales del mercado laboral español, con tasas del 35% antes de la crisis de 2008. La reforma laboral aplicada desde 2022 ha logrado reducir drásticamente la contratación temporal en el sector privado al generalizar el contrato indefinido. Pero ese avance no se ha trasladado al empleo público. En este ámbito, miles de trabajadores temporales -tanto personal laboral como funcionarios interinos- llevan décadas litigando para que se reconozca el carácter abusivo de la provisión de contratos temporales y se les convierta en personal fijo por sentencia. O, como mínimo, que se distingan de los indefinidos no fijos, una figura creada por el Tribunal Supremo para aportar estabilidad sin otorgar la condición de funcionario de carrera. Esta última está constitucionalmente reservada a quienes trascienden un procedimiento concreto. Las batallas judiciales sobre el abuso de la temporalidad en el sector público se han intensificado desde 2014, cuando la Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción contra España. Desde entonces, el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha fallado reiteradamente a favor de los trabajadores. Mientras, el Tribunal Supremo ha rechazado la nota por ser contraria a la Constitución, interpretación que ha asumido el Gobierno, que excluye conceder estabilidad sin hacer oposición. Los dictámenes enviados esta semana por Bruselas suponen una reactivación del procedimiento. Insistencia de la justicia europea. La última decisión del TJUE, del 14 de abril, respondía a una consulta del Supremo y reiteraba que las soluciones vigentes en España -indemnizaciones tasadas, procesos de estabilización y la figura del no fijo, que la decisión comunitaria considera una categoría temporal que perpetúa la precariedad- no son suficientes para castigar el abuso ni para reparar el daño. Ahora el Supremo debe resolver en una sentencia inminente si la normativa española es adecuada. Pero el Tribunal Europeo ya ha concluido que no lo es: la sentencia desmonta una a una las medidas adoptadas por España para remediar la situación. En el caso de los procesos de estabilización, que han concedido el alta a 419. 000 trabajadores en los últimos cinco años, el Tribunal de la UE los considera insuficientes para reparar el daño porque «si bien se valora la experiencia previa del trabajador en cuestión y el tiempo empleado por éste para realizar sus tareas, esta valoración no se limita a los candidatos que han sido víctimas de tales abusos». Belén, de 54 años y con dos hijos a su cargo tras divorciarse, es funcionaria interina por vacante de la Administración de Justicia desde agosto de 2004. Esto significa que ocupa una plaza estructural que no ha sido ocupada por un funcionario de carrera desde hace más de dos décadas. Trabaja como tramitador procesal en Madrid y dice que «sólo» ha encadenado ocho contratos desde que entró en el sector público. Ahora se queja de que se ve «en la calle de un día para otro», porque la Administración para la que trabaja ha diseñado una nueva bolsa de trabajo para acceder a las vacantes. Para optar a las plazas, explica, «lo que menos pondera es la experiencia, a la vista de tener una carrera de Derecho sin ninguna experiencia y, en segundo lugar, haber superado alguna prueba suelta de una oposición». «Llevo más de 20 años dedicado a la justicia, controlo todas las jurisdicciones, penal, civil, social, registro. . . ahora voy a tener que enseñar a los que vengan y a lo mejor me echan», lamenta el funcionario madrileño. En todo este tiempo ha intentado conseguir una plaza fija, pero no lo ha conseguido. «Me he presentado a todos los procesos que han surgido, pero ponen una nota de corte muy alta y sólo se pueden presentar los que no hacen otra cosa que estudiar. Yo no tengo ocho horas al día para estudiar», dice. Teme no conservar su lugar de residencia y, como tantas mujeres divorciadas, perder su casa cuando sus hijos se vayan de casa. «Durante todos estos años no he podido pedir un préstamo para comprar una casa, primero por responsabilidad, porque no tenía garantías de mantener mi trabajo, y luego porque no me dan una hipoteca aunque sea oficial, porque tengo un trabajo temporal», cuenta. La falta de indemnizaciones adecuadas por el abuso de la temporalidad se refleja en el caso de Juanjo Manzano, de 66 años y funcionario interino desde 1985. Aunque apenas ha cambiado de plaza – «estuve 25 años en una plaza y en la actual, en el decanato de Madrid, llevo 13 años»-, siempre ha vivido con la incertidumbre de que su puesto saliera a concurso. Tras fracasar en varias oposiciones, ahora espera que le paren para jubilarse y ha reclamado a la Comunidad de Madrid una indemnización que le ha sido denegada, por lo que ha mostrado su disconformidad. Ante esto, advierte: «Si pasan tres meses y no contestan, operará el silencio administrativo y acudiré a la vía judicial para reclamar daños y perjuicios». De llegar a los tribunales, el de Manzano no será un caso aislado, ni mucho menos. Según el letrado Javier Araúz, que interpuso las demandas que sirvieron para abrir el procedimiento de infracción contra España en 2014, podría haber unos 40, 000 casos vivos en los tribunales relacionados con el abuso de las condiciones de temporalidad en el sector público. Algunos tribunales ya aplican la última sentencia del TJUE sin esperar al Supremo, como el Juzgado de lo Social de Vigo, que recientemente concedió más de 52. 000 euros a una investigadora del CSIC por contratos temporales encadenados desde 2008, a pesar de que fue declarada indefinida no fija en 2010 y luego acceder a una plaza estable. En la misma línea, un juzgado de Madrid acaba de anular el cese en 2024 de una interina tras casi 20 años en una plaza estructural y reconocerle la condición de «indefinida por sentencia», sin convertirla en funcionaria de carrera. Ambas decisiones cumplen el mandato de elevar las indemnizaciones actualmente previstas, en teoría, sin contravenir la Constitución. El Supremo y el Gobierno respaldan su decisión de no impulsar ni cambiar la ley. Pero Gerardo Pérez Sánchez, doctor en Derecho Constitucional por la Universidad de la Laguna (Tenerife), señala que «es de manual que el derecho nacional está por debajo del comunitario». En este sentido, Javier Ramón, exjuez y director del bufete BDO, interpreta que tras las sentencias europeas de febrero de 2024 y abril de 2026, «se han cerrado mucho todas las puertas que no están fijadas a los trabajadores afectados».
