El Gobierno propone incluir en el paquete de medidas de vivienda que está negociando a contrarreloj una nueva protección frente a los desahucios hasta 2028 y una prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler que permitiría a los inquilinos permanecer hasta dos años más en sus viviendas. Son dos de las medidas que figuran en el último borrador que el Ejecutivo ha enviado a los socios con los que se ha negociado el nuevo decreto, al que ha tenido acceso este periódico, y que será aprobado por el Consejo de Ministros este martes. Para ello, el Gobierno tendrá que convencer a las formaciones de la derecha y de la izquierda, que mantienen posiciones antagónicas y que aún podrían modificar alguno de los puntos. Seguir leyendo
El Ministerio de Vivienda propone, en un borrador aún sujeto a cambios, limitar las revisiones de los contratos al 2 % y aplicar una bonificación en el IRPF a los inquilinos de zonas con dificultades
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El Gobierno propone incluir en el paquete de medidas de vivienda que está negociando a contrarreloj una nueva protección hasta 2028 contra los desahucios y una prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler que permitiría a los inquilinos permanecer hasta dos años más en sus viviendas. Son dos de las medidas que figuran en el último borrador que el Ejecutivo ha enviado a los socios con los que se ha negociado el nuevo decreto, al que ha tenido acceso este periódico, y que será aprobado por el Consejo de Ministros este martes. Para ello, el Gobierno tendrá que convencer a las formaciones de la derecha y la izquierda, que mantienen posiciones antagónicas y que aún podrían modificar alguno de los puntos. Las partes implicadas han intercambiado varios borradores durante el fin de semana. El último documento objeto de debate fue distribuido por el Ministerio a los grupos parlamentarios a las 15. 30 p. m. del lunes y, durante la tarde, dos de los ministros de Sumar, Pablo Bustinduy y Ernest Urtasun, se desplazaron al Ministerio de Vivienda para debatir algunos de los detalles de la propuesta. Desde por la mañana, una de las concesiones para alcanzar el acuerdo había sido eliminar del texto de julio la reforma de la Ley del Suelo que servía para flexibilizar la construcción de viviendas y que podríamos haber calificado como una línea roja. Los vetos cruzados entre los nacionalistas conservadores y los grupos de izquierda han mantenido bloqueado el decreto desde marzo. El departamento dirigido por Isabel Rodríguez, que lidera las negociaciones con el objetivo de que la mayoría de los grupos den luz verde al texto en el plazo de un mes, propone que los contratos de vivienda normales que estén a punto de vencer puedan prorrogarse hasta un máximo de dos años adicionales, manteniendo durante ese periodo las condiciones y el precio del contrato. La fórmula que se propone no implica la firma de contratos de duración indefinida ni una renovación automática sin límite de tiempo, tal y como exige la Unión de Inquilinos del Camp de la Puerta del Sol de Madrid, sino más bien una prórroga extraordinaria que el inquilino puede solicitar. La propuesta se refiere a los contratos de vivienda ordinarios vigentes en el momento de la entrada en vigor del decreto y que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028. Tal y como se establece en el borrador, si el inquilino tiene conocimiento del pago y lo ha tenido durante los ocho meses anteriores, podrá solicitar una prórroga por períodos anuales hasta un máximo de dos años. El arrendador deberá aceptarla por regla general, salvo en determinadas excepciones. Entre ellas se incluyen que las partes acuerden otras condiciones, que celebren un nuevo contrato o que el arrendador haya comunicado la necesidad de recuperar la vivienda para sí mismo o para su familia, siempre que exista una causa real y acreditada. La prórroga obligatoria también puede evitarse cuando el propietario y el inquilino acuerden un nuevo alquiler con una reducción de al menos un 5 % respecto al alquiler actual. El Gobierno aprobó una medida similar en el real decreto del pasado mes de marzo, que fue rechazada un mes después en las Cortes. El paquete también incorpora una limitación extraordinaria de las actualizaciones de los alquileres, dado el nivel de los precios y el creciente aumento de la inflación. En el caso de los contratos cuya anualidad venza entre la entrada en vigor del decreto y el 31 de diciembre de 2027, el inquilino podrá negociar con el arrendador el incremento del alquiler y, si no se llega a un nuevo acuerdo, dicho incremento no podrá superar el 2 %. La cuestión de los desahucios y los fondos buitre fue la que encendió la chispa de las protestas tras la expulsión de Maricarsen de su vivienda la semana pasada. A primera hora de la mañana, fuentes del Gobierno aseguraron que se estaba trabajando para prohibir la «compra especulativa de fondos buitre». Ese es el inicio del proyecto de ley, que se ha distribuido entre los grupos parlamentarios sin completarlo, para determinar cómo se aplicaría dicha prohibición. Lo que sí queda definido en el caso de la suspensión de los desahucios hasta diciembre de 2028 es si los propietarios deben ser personas jurídicas o no (es decir, también privadas), «dedicadas a la adquisición de inmuebles impagados o carteras de préstamos hipotecarios a un precio claramente inferior a su valor de tasación de mercado, con el fin de eludir los mecanismos de función social de la vivienda o de maximizar su rentabilidad a través de la desproporción en los ingresos por alquiler, en los precios de reventa o por su destino a fines no residenciales». Un concepto muy amplio que abarca a una gran variedad de inversores. Esto desde el punto de vista del propietario. En cuanto al inquilino, la persona a la que se le aplicara esta definición tendría que presentar un informe que acreditara su situación de vulnerabilidad. Además, si el inquilino se encuentra en situación de vulnerabilidad, el desahucio podrá suspenderse si no se encuentra una alternativa de vivienda. En ese caso, las autoridades públicas se hacen cargo de los gastos, como los «gastos mensuales impagados», «desde el momento en que se suspende el proceso hasta que se levanta la medida». Desgravaciones fiscales. El plan también incluye una serie de ayudas fiscales destinadas tanto a propietarios como a inquilinos, lo que ejerce presión sobre los municipios con competencias en materia de vivienda para que declaren las zonas desfavorecidas. Para los inquilinos, el paquete prevé una nueva deducción estatal en el IRPF del 10 % del alquiler de viviendas habituales para jóvenes menores de 35 años con una base imponible inferior a 33 007 euros al año. Estas desgravaciones se aplican a las zonas de mayor demanda. Para los propietarios, el régimen es más amplio y no se limita a las zonas con mayor demanda, aunque las mayores ventajas fiscales se concentran en ellas. La reducción de la renta neta puede alcanzar el 95 % cuando se alquila a jóvenes de entre 18 y 35 años con una reducción de ingresos superior al 5 %, y el 90 % cuando dicha reducción se aplica a cualquier inquilino, siempre en zonas con dificultades. Además de estas, también se prevén otras reducciones. Entre otras cosas, se propone un aumento del 100 % en determinados contratos nuevos con el mismo inquilino o cuando la renta sea inferior al umbral de referencia. Además, se mantienen tramos de reducción más bajos, del 50 % al 15 %, en función de cómo evolucione el precio respecto al contrato anterior, con el objetivo de penalizar a los propietarios que suban el alquiler. Asimismo, se ha encargado al Instituto de Crédito Oficial (ICO) la creación de una línea de crédito para ayudar a los jóvenes a acceder a su primera vivienda. Los préstamos públicos se utilizarán para financiar al menos el 20 % del valor de la vivienda hipotecada, o hasta 50 000 €. Se concederán a un plazo de hasta 10 años, a un tipo de interés del 0 % y sin comisiones, con un periodo de carencia igual a la duración de la hipoteca y por un máximo de 30 años. Los detalles se concretarán más adelante. Si tienes preguntas, sugerencias o simplemente quieres contarnos tu caso, puedes enviarnos un correo electrónico a home@elpais. es. . Los datos que facilite serán tratados por EDICIONES EL PAÍS, S. L. U. (C/ Miguel Yuste, 40, 28037-Madrid), con el fin de gestionar sus dudas y/o testimonios y para elaborar contenidos informativos. Puede ejercer sus derechos reconocidos en materia de protección de datos a través de la dirección dpo@prisa. com, acreditando su identidad e indicando el derecho que desea ejercer. Para más información, consulte la Política de Privacidad.
