El Tribunal Supremo ha resuelto una de las derivadas judiciales del proyecto Castor. El alto tribunal ha confirmado que Escal UGS, la sociedad controlada por ACS ―de la que cuenta con el 66,7% de las participaciones y que se encuentra en concurso de acreedores desde 2019― que promovió el fallido almacén de gas Castor, debe reintegrar 209,7 millones de euros al sistema del gas natural. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha avalado la revisión de oficio que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) realizó en julio de 2019 y por la que reclamó la devolución de dicha cantidad, después de que el rescate financiero del Castor fuera anulado por el Tribunal Constitucional.. Seguir leyendo
La CNMC reclamó en 2019 dicha cantidad a la promotora de almacén marino, participada por ACS con un 66,7%, tras una sentencia del Tribunal Constitucional
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Tribunales. La CNMC reclamó en 2019 dicha cantidad a la promotora de almacén marino, participada por ACS con un 66,7%, tras una sentencia del Tribunal Constitucional. Almacenamiento subterráneo Castor.ENAGÁS (Europa Press). El Tribunal Supremo ha resuelto una de las derivadas judiciales del proyecto Castor. El alto tribunal ha confirmado que Escal UGS, la sociedad controlada por ACS ―de la que cuenta con el 66,7% de las participaciones y que se encuentra en concurso de acreedores desde 2019― que promovió el fallido almacén de gas Castor, debe reintegrar 209,7 millones de euros al sistema del gas natural. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha avalado la revisión de oficio que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) realizó en julio de 2019 y por la que reclamó la devolución de dicha cantidad, después de que el rescate financiero del Castor fuera anulado por el Tribunal Constitucional.. En una sentencia con fecha del pasado 22 de septiembre, pero que ha trascendido públicamente este lunes, el Supremo ha desestimado el recurso presentado por Escal contra el fallo de la Audiencia Nacional, dictado el 5 de julio de 2023, que confirmó la decisión del órgano supervisor de los mercados. El alto tribunal recuerda que la retribución financiera que Escal había cobrado por el almacenamiento subterráneo, reconocida en las liquidaciones de 2016 y 2017, se basó en un real decreto-ley, que otorgó una indemnización de 1.350 millones a Escal por su paralización tras sufrir cientos de microseísmos, y que en 2017 fue declarado inconstitucional. Así, los magistrados destacan que no existe “otra cobertura jurídica que permita conservar la concreta cuantificación efectuada a su amparo”.. El Constitucional sentenció que el Ejecutivo de Mariano Rajoy no justificó debidamente la extraordinaria y urgencia necesidad para aprobar el real decreto-ley en octubre de 2014 para compensar la inversión de la compañía que gestionó el almacén frente a las costas de Castellón y Tarragona y cuya actividad fue suspendida en septiembre de 2013. Los más de 1.000 millones de indemnización se cargarían en el recibo del gas de los consumidores durante 30 años.. Tras el pronunciamiento del tribunal de garantías, la CNMC entendió que las liquidaciones que el organismo había aprobado en favor de la infraestructura (regulada) carecían ya de “base legal”, por lo que revisó las cantidades correspondientes a los ejercicios de 2014, 2016 y 2017. Así, exigió a Escal reintegrar 195 millones de euros (que sumados los intereses asciende a 209,7 millones), percibidos desde que terminó su construcción hasta que fue rescatada y transferida a Enagás.. La empresa recurrió esta decisión y, tras el fallo en contra de la Audiencia Nacional, acudió al Tribunal Supremo, que no ha dado ningún giro a la interpretación del tribunal de instancia, ni de la CNMC. La sentencia explica que los actos administrativos firmes dictados al amparo de una norma con rango de ley posteriormente declarada inconstitucional sí pueden revisarse de oficio, ya que se quedan sin cobertura jurídica o base legal que permita conservarlos. No obstante, los magistrados apuntan que esto “afecta a la concreta cuantificación de la retribución financiera, pero no al derecho de Escal a percibir la que le corresponda conforme al régimen jurídico aplicable”.. Santander, Caixabank y Bankia adquirieron el derecho de cobro de la indemnización abonada a Escal, que percibieron hasta que la CNMC suspendió los pagos por la sentencia del Constitucional, al igual que hizo con Enagás, que percibió cantidades por operar y mantener las instalaciones en condiciones de seguridad después de la paralización.. Enagás ya ha puesto fin al sellado de los 13 pozos del almacenamiento de gas natural Castor, con la colocación de tres tapones en cada uno de ellos, en cumplimiento del mandato del Ministerio para la Transición Ecológica, tras el acuerdo adoptado en Consejo de Ministros de 31 de octubre de 2019, para el sellado y abandono definitivo de la planta, según indicó la compañía a principios de octubre.. Sobre la firma. Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.. El análisis de la actualidad económica y las noticias financieras más relevantes. Companias Cinco Días en Facebook. Companias Cinco Días en Twitter. Normas ›. Mis comentariosNormas. Rellena tu nombre y apellido para comentarcompletar datos. Please enable JavaScript to view the comments powered by Disqus.. Más información. Archivado En. Empresas. Energía. Tribunales. Tribunal Supremo. Proyecto Castor. ACS. Enagás. CNMC. Banco Santander. CaixaBank. Bankia. Se adhiere a los criterios deMás información. Si está interesado en licenciar este contenido, pinche aquí
