El Reglamento sobre envases y residuos (PPWR) entra en vigor este miércoles en todos los países de la Unión Europea. Esta normativa, que sustituye a una directiva de reciclaje de 1994, tiene como objetivo reducir progresivamente los residuos de envases de aquí a 2040. La aplicación de todas las medidas contenidas en esta nueva ley es gradual, pero abarca todos los envases y residuos en toda la Comunidad. Estas son las claves de la nueva normativa, que ha fijado como objetivo que, para 2030, todos los envases tengan una reciclabilidad mínima del 70 %. Seguir leyendo
Con el fin de garantizar que todos los envases alcancen una reciclabilidad mínima del 70 % para 2030, la norma europea se aplicará de forma gradual.
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El Reglamento sobre envases y residuos (PPWR) entra en vigor este miércoles en todos los países de la Unión Europea. Esta normativa, que sustituye a una directiva sobre reciclado de 1994, tiene como objetivo reducir progresivamente los residuos de envases hasta 2040. La aplicación de todas las medidas contenidas en esta nueva ley es gradual, pero abarca todos los envases y residuos en toda la Comunidad. Estas son las claves de la nueva normativa, que ha fijado como objetivo para 2030 que todos los envases tengan una reciclabilidad mínima del 70 %. ¿Qué entra en vigor? Desde el miércoles, entra en vigor la restricción de las sustancias PFAS (perfluoroalquílicas y polifluoroalquílicas) en los envases que entran en contacto con alimentos y bebidas. Se trata de sustancias químicas que se utilizan para que determinados envases sean resistentes a la grasa o al agua. A partir del 12 de agosto, ya no se podrán fabricar productos con estas sustancias, pero los que se hayan comercializado anteriormente podrán seguir vendiéndose. Los PFAS se pueden encontrar, por ejemplo, en algunos envoltorios de comida rápida o en envases de comida preparada y «suponen un grave problema de contaminación porque se acumulan en el medio ambiente», afirma la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). ¿En qué afecta la nueva normativa a los consumidores? A partir de este miércoles, comienza a fijarse un calendario para que las medidas que tendrán mayor impacto sean obligatorias, pero aún quedan unos meses para ello. Por lo tanto, a partir del 12 de febrero de 2027, las compras de alimentos o bebidas realizadas en establecimientos de comida para llevar deberán permitir el uso del envase propio del cliente. Un año después, el 12 de febrero de 2028, estos establecimientos también deberán ofrecer una alternativa en un envase reutilizable. En consecuencia, los clientes tendrán que devolverlos, y los hoteles se encargarán de su limpieza y puesta a punto. Además, a los envases (también botellas o botes) se les añadirá al precio un pequeño depósito que se recuperará al devolver el envase vacío. Este suplemento está pendiente de aprobación, pero se espera que sea de unos 10 céntimos por envase, según Ecoembes. A partir de ese mismo día, los envases de algunos productos que suelen desecharse, como las bolsitas de té, algunos formatos de café o las etiquetas adhesivas colocadas en frutas y verduras, serán compostables. Y a partir del 1 de enero de 2030, el contenido del envase no podrá ocupar más del 50 % del espacio vacío (p. ej. una bolsa de patatas fritas). Además, los supermercados no podrán vender frutas y verduras de menos de 1, 5 kg en envases de plástico ni utilizar determinados anillos de plástico para agrupar productos, como los que se utilizan en las latas de cerveza o refrescos. También desaparecerán las bolsitas individuales de condimentos, así como los pequeños envases de champú, gel o crema de los hoteles. ¿Seguirán vendiéndose las bolsitas de plástico para salsas? La PPWR no establece una prohibición general de todas las monodosis comercializadas en los supermercados. La prohibición solo afecta a las bolsitas de plástico de un solo uso utilizadas para raciones individuales de condimentos, conservas, salsas, azúcar o cremas de café en hoteles, restaurantes, cafeterías y servicios de catering (lo que en el sector se conoce como canal horeca), así como para el consumo en el propio establecimiento. Esto significa que en los supermercados estas bolsitas seguirán vendiéndose y que los formatos comercializados para el consumo doméstico seguirán existiendo. En el caso del aceite de oliva, aún existen dudas sobre el alcance específico de la medida, ya que la bolsita monodosis fue en su día una gran demanda del sector. ¿Hay excepciones? La respuesta breve es sí. La legislación europea establece que las microempresas pueden quedar exentas de la prohibición de los envases de un solo uso para alimentos y bebidas consumidos dentro de las instalaciones si no existen alternativas viables. Además, los Estados miembros tienen la posibilidad de excluir sectores adicionales, permitir que los distribuidores se agrupen y eximir a quienes operan en islas pequeñas o en zonas con baja densidad de población. ¿Habrá cambios en el etiquetado? A partir del 12 de agosto de 2028, los nuevos envases deberán llevar una etiqueta europea armonizada que indique los materiales que contienen y facilite su correcta separación. Sin embargo, el número de contenedores para depositar los residuos no varía. Esto implica que se implantará un sistema de clasificación, así como un nuevo icono que indique en qué contenedor se debe depositar (amarillo, azul, verde, etc. ). Una lata de bebida llevará un logotipo gris (metal) y ese mismo logotipo aparecerá en el contenedor amarillo, donde debe depositarse. Una botella de plástico rígido llevará un logotipo amarillo en el que se lea «plástico rígido» y ese mismo logotipo estará en el contenedor amarillo, donde también debe depositarse. Un envase de leche de cartón llevará un logotipo naranja, y ese mismo logotipo naranja aparecerá en el contenedor amarillo, donde hay que depositarlo. . ¿Cuáles son los objetivos de la normativa? Los principales objetivos de esta normativa son tres, según el propio texto legal: «Evitar los envases innecesarios y promover la reutilización, el rellenado y el reciclaje; armonizar las medidas nacionales para evitar barreras comerciales y distorsiones de la competencia; y contribuir a la economía circular y a la neutralidad climática para 2050». Con este fin, se debe alcanzar una tasa de reciclado del 70 % para 2030 en todos los residuos en envases, con objetivos específicos para los distintos materiales. Además, se establece que los envases de plástico se reducirán en un 5 % para 2030 y en un 15 % para 2040.
